DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
Al No. 02505
LEV-PROH Nº 06-2011
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. San José, a las nueve horas del
quince de marzo del dos mil once----------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. Se conocen diligencias presentadas por el señor Ricardo Castro Castro, mayor de edad,
ingeniero civil, portador de la cédula de identidad Nº 1-0562-0905, en su condición de
presidente con facultades de apoderado general de la Asociación Cámara Costarricense
de la Construcción, con cédula jurídica 3-002-045440, tendentes a obtener, de parte de
este órgano contralor, el levantamiento de la prohibición que establecen los artículos 22 y
22 bis de la Ley de la Contratación Administrativa, para poder alquilarle al Banco Nacional
de Costa Rica un espacio físico o stand en la feria Expo Construcción y Vivienda 2011, que
se realizará del 16 al 21 de marzo del 2011. ----------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. Que el artículo 22 bis, inciso b) de la Ley de la Contratación Administrativa dispone que
están inhibidos de participar, directa o indirectamente, como oferentes en los
procedimientos de contratación administrativa que promueva la propia entidad en la cual
sirven “...los miembros de junta directiva, los presidentes ejecutivos, los gerentes y los
subgerentes, tanto de las instituciones descentralizadas como de las empresas públicas
...” A la vez, los incisos h) e i) de este artículo extiende esa prohibición a “sus parientes
por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado inclusive” y a “las personas
jurídicas en las cuales el cónyuge, el compañero, la compañera o los parientes indicados
en el inciso anterior, sean titulares de más de un veinticinco por ciento (25%) del capital
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social o ejerzan algún puesto de dirección o representación.” (el destacado no es del
original) -------- ...
Fecha publicación: 18/03/2011
Fecha emisión: 15/03/2011
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Tesauro: Levantamiento de la prohibición, Impedimentos para contratar
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 02386
LEV-PROH-05-2011
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. San José, a las ocho horas del once de marzo del
dos mil once. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Diligencias presentadas el día 18 de febrero del 2011 por los señores Olga Cruz Molina, portadora de la
cédula de identidad número 3-228-847 y Rodolfo Cruz Molina, portador de la cédula de identidad
número 3-251-749, ambos en su condición de socios y representantes legales de la empresa
IMPORTADORA AUTOMANIA DE CARTAGO S.A., potadora de la cédula de identidad número3-
101-197460 con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma; tendientes a obtener de parte
de este Órgano Contralor, el levantamiento de la prohibición que establecen los artículos 22 y 22 bis de la
Ley de Contratación Administrativa, a efectos de que dicha sociedad pueda participar como oferente en
los procedimientos de contratación para desarrollo de su actividad comercial de importación y
comercialización de llantas y neumáticos que promueva la Administración Pública. ---------------------------
I. POR CUANTO: Quienes gestionan, señalan que IMPORTADORA AUTOMANIA DE CARTAGO
S.A., es una sociedad anónima debidamente inscrita y vigente desde el 08 de noviembre de 1996.
Agrega, que sus representantes legales son Olga Cruz Molina y Rodolfo Cruz Molina. Manifiestan que
el capital social de la empresa se encuentra constituido de la siguiente forma: 7 acciones del señor Rodolfo
Cruz Molina y 7 acciones de la señora Olga Cruz Molina. Señalan además que el objeto principal de la
sociedad es la importación y comercialización en general de vehículos automotores. Pudiendo realizar
actividades de bienes raíces, pudiendo emprender otros objetos como la industria, los transportes y
servicios de toda clase conforme a sus intereses. A ...
Fecha publicación: 14/03/2011
Fecha emisión: 11/03/2011
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Tesauro: Levantamiento de la prohibición, Trámite para el levantamiento
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 01769
LEV-PROH-04-2011
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación
Administrativa. San José, a las diez horas del veintitrés de febrero de dos mil once.------------------
RESULTANDO
I.- Se conocen diligencias presentadas por el señor Claudio José Donato Monge, cédula de
identidad uno quinientos sesenta y tres quinientos treinta y nueve, abogado y notario, director y
representante legal de varias empresas, tendientes a obtener, de parte de este órgano contralor, el
levantamiento de la prohibición que establece los artículos 22, 22 bis incisos a), h), i), 23 inciso a)
de la Ley de la Contratación Administrativa, 22 y 23 de su Reglamento, para que las sociedades en
las que tiene participación y su persona en calidad de abogado puedan presentarse como oferente en
los procedimientos de contratación promovidos por la Administración Pública. -------------------------
CONSIDERANDO
HECHOS PROBADOS. De importancia para resolver el presente asunto, se enlistan los
siguientes: 1) Que el señor Claudio José Donato Monge ocupa cargos de dirección,
representación, fiscalización y posee capital social en una serie de empresas. 2) Que mediante
Acuerdo N° 001-P del 8 de mayo de 2010 publicado en La Gaceta N° 88 del martes 11 de mayo de
2010 se nombra Viceministra de Obras Públicas y Transportes a la señora María Helena López
Rosales cédula 1-514-522 3) Que la señora Viceministra María Helena López Rosales es pariente
por afinidad en primer grado del señor Claudio José Donato Monge ya que es su cuñada.------------
II. HECHOS NO PROBADOS. No existen de interés para el presente asunto. ------------------------
III. SOBRE EL FONDO: a) Del régimen de prohibiciones en general. El reconocimiento
constitucional que en nuestro país tiene la libertad para contratar y el ejercicio de la libertad de
empresa solo pueden ser restringidos en ...
Fecha publicación: 28/02/2011
Fecha emisión: 23/02/2011
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Tesauro: Definición puestos de injerencia o poder de decisión, Definición puestos de injerencia o poder de decisión
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 01700
LEV-PROH No. 03-2011
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. San José, a las trece horas del veintiuno de
febrero del dos mil once. -------------------------------------------------------------------------------------------
Diligencias presentadas por el señor Ovidio Alpízar Salazar, cédula de identidad número dos-
trescientos veintisiete-setecientos uno, con la finalidad de que se proceda con el levantamiento de
la prohibición que le asiste para participar en procesos concursales con el Banco Nacional de Costa
Rica, en razón del vínculo de consanguinidad que mantiene con el señor Rigoberto Alpízar Salazar,
actual Sub Gerente General del Banco. ----------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I.-Que mediante escrito presentado en este Despacho en fecha 7 de febrero del 2011, el señor
Ovidio Alpízar Salazar, solicitó en su condición personal, el levantamiento de la prohibición que
mantiene por virtud del artículo 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa, para participar en
procedimientos concursales para el Banco Nacional, en vista de ostentar la condición de hermano
del actual Sub Gerente General del Banco, el señor Rigoberto Alpízar Salazar. --------------------------
CONSIDERANDO
I.-Que el artículo 22 bis inciso b) de la Ley de la Contratación Administrativa, dispone que están
inhibidos de participar directa o indirectamente como oferentes en los procedimientos de
contratación administrativa que promueva la institución en la cual sirven, entre otros, los sub
Gerentes. A su vez el mismo artículo expresa en su inciso h), que la prohibición de estos
funcionarios se extiende entre otros a sus parientes por consanguinidad o afinidad hasta el tercer
grado inclusive. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------
II.-Que el ...
Fecha publicación: 25/02/2011
Fecha emisión: 21/02/2011
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 01221
LEV-PROH No. 02-2011
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. San José, a las catorce horas del diez de febrero
del dos mil once. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Diligencias presentadas por el señor Juan Carlos Rodríguez Vargas, cédula de identidad número uno-mil
ciento quince-cuatrocientos noventa y cinco, con la finalidad de que se proceda con el levantamiento de la
prohibición que le asiste para participar en procesos de contratación administrativa con la Caja
Costarricense del Seguro Social, en razón de que le aplican las prohibiciones previstas en los incisos d y j
del artículo 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa, en virtud del vínculo laboral que mantuvo
con esa entidad. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I.-Que mediante escrito presentado en este órgano contralor en fecha 20 de enero del 2011, el señor Juan
Carlos Rodríguez Vargas, solicitó en su condición personal, el levantamiento de la prohibición que
mantiene por virtud del artículo 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa, para participar en
procedimientos de contratación promovidos por la Caja Costarricense del Seguro Social, en vista de que
laboró en la Dirección Administración de Proyectos Especiales de esa entidad, donde realizaba labores de
participación técnica tales como inspección, desarrollo de características técnicas y apoyo a otros
ingenieros de los diferentes procesos de contratación realizados por esa Dirección. En ese sentido, estima
que le asiste prohibición para participar en los procesos licitatorios promovidos por esta Administración
por haber participado en diversas etapas de formulación de carteles y definición de las especificaciones de
los carte ...
Fecha publicación: 15/02/2011
Fecha emisión: 10/02/2011
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Tesauro: Impedimentos para contratar
DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 00021
LEV-PROH-01-2011
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. San José, a las diez horas del once de
diciembre de dos mil diez. ---------------------------------------------------------------------------------
Diligencias presentadas por el señor Allan Makhlouf Maklouf, cédula número 1-1190-0555
para que se proceda con el trámite de levantamiento de la prohibición previsto en los artículos
22 bis y 23 de la Ley de Contratación Administrativa (LCA), a efectos de que dicho gestionante
pueda participar como oferente en los procedimientos de contratación promovidos por el Banco
Popular y de Desarrollo Comunal, en particular para la Licitación Pública 2010LN-000015-
PCAD para la Contratación de Servicios Profesionales para Cobro Judicial de ese Banco. --------
I. POR CUANTO: El gestionante señala que es hijo de la señora Eva Maklouf Coto, quien
desde el 08 de octubre del 2010, resultó nombrada como Directora Suplente de Francisco
Antonio Pacheco, Presidente de la Junta Directiva del Banco Popular y de Desarrollo Comunal,
así como Secretaria Titular de la Junta Directiva de la Operadora de Planes de Pensiones del
Banco Popular y de Desarrollo Comunal desde el pasado 10 de noviembre; por lo que se
encuentra cubierto por los supuestos de impedimento legal contemplados en el artículos 22 bis
de la Ley de Contratación Administrativa, con lo cual quedaría imposibilitado de participar en la
contratación administrativa de servicios profesionales de abogados externos para cobro judicial,
que lleva adelante el Banco Popular, mediante la Licitación Pública N° 2010LN-000015-PCAD.
Al efecto, el señor Makhlouf Maklouf, aporta Acreditación del Colegio de Abogados de Costa
Rica, del 27 de enero del 2003, Criterio emitido por la Asesoría Jurídica de la Junta Directiva
Nacional del Banco Popular, en cuanto a su situación jurídica respecto al artículo 22 bis de ...
Fecha publicación: 14/01/2011
Fecha emisión: 11/01/2011
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Tesauro: Levantamiento de la prohibición